MATRICULAS QUE SE UTILIZAN EN COLOMBIA
Matricula amarilla
Las placas de color amarillo se utiliza para los vehículos de servicio particular, son de color reflectivo, con rebordes negros, tres letras y tres números (GGG345) separados por el logo símbolo del Ministerio de Transportes de Colombia. En la parte inferior viene grabado el nombre del municipio o ciudad donde se matriculó.
Matricula blanca
Las placas blancas se utilizan para los vehículos de servicio público, son de color reflectivo con letras y números negros (PRC123) separados por el logo del Ministerio de Transporte de Colombia y abajo tiene grabado el nombre del municipio o distrito en donde se matriculó.
Matricula roja
Las placas rojas se utilizan en algunos vehículos de carga, con una letra (la mayoría de los casos “T”) y cuatro números blancos (T 1234), abajo la palabraColombia. Este tipo de matrícula es de tránsito libre.
Matricula azul
Las placas azules las usan los vehículos diplomáticos, consulares y de misiones especiales; están compuestas por dos letras y cuatro números blancos (AA 1234) junto con la palabra Colombia. Se expiden a través del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Matricula verde
Las placas de color verde se usan en los remolques y semirremolques, están compuestas de una letra R o S (remolque o semirremolque) y cinco números blancos (R12345), debajo de la palabra Colombia.
Matricula clásicos y antiguos
Un clásico es aquel vehículo “que haya cumplido 50 años y que además de conservar sus especificaciones y características originales de fábrica, presentación y funcionamiento, corresponda a marcas, series y modelos catalogados internacionalmente como tales”.
Las placas para vehículos clásicos vienen con tres franjas verticales, dos azules y una intermedia de color blanco, conserva los tres números de la matricula inicial (AAA123).
“Ningún vehículo automotor matriculado en Colombia podrá llevar, en el lugar destinado a las placas, distintivos similares a éstas o que la imiten, ni que correspondan a placas de otros países, so pena de incurrir en la sanción prevista en este Código para quien transite sin placas; estas deben de estar libres de obstáculos que dificulten su plena identificación.” Código Nacional de Transito.
Las placas no se pueden reparar o pintar, es un documento público que se puede asimilar a la cedula de ciudadanía, por tanto la adulteración tiene los mismos perjuicios legales de adulterar un documento público.
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